El uso de dispositivos de rastreo GPS está regulado en el Perú para garantizar la integridad de la información transmitida, la privacidad de los usuarios y la seguridad de las operaciones.
Tanto transportistas como empresas privadas deben cumplir parámetros técnicos establecidos por la SUTRAN, el MTC y el OSINERGMIN.

El Decreto Supremo N.º 041-2011-EM regula el uso de sistemas de posicionamiento global, estableciendo requisitos como:

Además, la Ley N.º 29733 (Ley de Protección de Datos Personales) protege la información recopilada por los GPS, prohibiendo el uso indebido o el rastreo fuera del horario laboral sin consentimiento.

La SUTRAN recuerda que las flotas de transporte público, carga o mercancías deben contar con equipos homologados y operativos durante todo el recorrido, ya que su desactivación puede ser sancionada.

Cumplir las normas no solo evita sanciones, sino que garantiza transparencia y confiabilidad operativa, fortaleciendo la imagen de la empresa ante clientes y autoridades.

Bibliografía:

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